» TEPJF desecha quejas contra Xóchitl Gálvez por actos anticipados de campaña

Esta nota fue creada el miércoles, 17 enero, 2024 a las 21:16 hrs

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el desechamiento de cuatro quejas en contra de la precandidata presidencial de la coalición Fuerza y Corazón por México, Xóchitl Gálvez, por actos anticipados de campaña y el uso indebido de la imagen de dos mujeres, que dijeron, aparecen en su propaganda política sin su consentimiento.

En diferentes proyectos presentados por la magistrada presidenta, Mónica Soto, y los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, y Felipe Fuentes, la Sala Superior del TEPJF confirmó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de desechar las quejas por no contar con los elementos suficientes para desahogarlas.

Uno de los casos, se debió a la participación de Xóchitl Gálvez en la Universidad Anáhuac, lo que podría implicar actos anticipados de precampaña, sin embargo, se advirtió que no existió una connotación partidista.

En otra denuncia se le acusó de publicaciones en redes sociales que podrían constituir algún ilícito electoral, lo que también se desechó.

Y en otro caso, una mujer denunció que su imagen y la de su madre aparecen en propaganda de Xóchitl Gálvez sin que ellas lo hayan autorizado.

En este último, el magistrado Felipe Fuentes propuso desecharlo porque las denunciantes sólo aportan un tuit que no contiene mayores elementos para considerar que existe una explotación indebida o con fines políticos de su imagen.

Sin embargo, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña no estuvo de acuerdo pues consideró que basta con que aparezca el rostro de alguna persona sin su consentimiento, para darles la razón.

“Este tipo de cuestiones, desde la Sala Especializada hemos tenido casos de la utilización de imágenes por parte de personas en ámbitos electorales. Hemos tenido el criterio de que sí son electorales y deben ser protegidas por el derecho a la imagen cuando se trate de personas en lo individual sobre actos y spots de campaña deben de ser protegidos”.

Aunque este caso también fue desechado por mayoría de votos.

TEPJF ‘libra’ a PRI, PAN y PRD por app que solicitaba datos personales

El Tribunal Electoral descartó alguna irregularidad en la utilización de una plataforma y aplicación que impulsaron el PAN, PRI y PRD para registrar a personas que pudieran respaldar el Frente Amplio por México —Fuerza y Corazón por México— para el proceso interno con el que seleccionarían a su coordinador o coordinadora, para después encabezar la precandidatura presidencial.

Morena denunció que se solicitaban datos personales y copias de la credencial de elector, lo que generaba diferentes irregularidades.

Sostuvo que “se vulneraba el derecho de protección de datos personales, la libre afiliación de las personas participantes, los principios de legalidad, certeza y equidad en el citado proceso partidista, se usurpaban las funciones del INE y se generaba indebidamente una base de datos relativa al padrón electoral, además de que se impedía la participación de personas militantes de otros partidos políticos”.

El INE respondió que se basó en los principios de autoorganización y autodeterminación de los partidos y que no se detectó ninguna irregularidad en el uso del padrón electoral.

Lo que confirmó el Tribunal Electoral al considerar que “no se detectó alguna irregularidad en el uso del padrón electoral o que hubiera habido una promoción proselitista, fraude, simulación o afectación de los derechos de alguna persona militante o de otros partidos políticos, por los pormenores de la plataforma denunciada”.

(milenio.com)





           



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