» Rechazan retirar prisión preventiva a Israel Vallarta, presunto miembro de ‘Los Zodiaco’

Esta nota fue creada el jueves, 23 mayo, 2024 a las 22:54 hrs

Un tribunal colegiado resolvió que es improcedente decretar el cese de la medida cautelar de prisión preventiva a Israel Vallarta, quien está en la cárcel desde el 2005, tras ser acusado del delito de secuestro y de pertenecer a la banda criminal de Los Zodiaco.

El magistrado del primer tribunal colegiado de apelación del segundo circuito determinó que ha sido razonable el plazo de más de 18 años de prisión a Vallarta Cisneros, “al derivarse principalmente en el ejercicio de su derecho de defensa”.

El Instituto Federal de Defensoría Pública dio a conocer que a consideración del tribunal, la Fiscalía General de la República (FGR) había justificado la razonabilidad del plazo, así como la necesidad de continuar con dicha medida justificada.

La resolución deriva de la demanda de amparo indirecto promovida por Israel Vallarta  y su defensa, en contra de la determinación de mantener la prisión preventiva. En un comunicado, el instituto reprobó la resolución.

“Cuando el plazo de prisión preventiva sobrepasa lo razonable, procede establecer medidas menos lesivas que no impliquen la privación de la libertad”.

“Por ello, resulta preocupante que, al analizar el cese de la prisión preventiva por el exceso del plazo, se considera el ejercicio del derecho a la defensa como una justificación, para prolongar una medida tan lesiva que implica la privación de la libertad sin contar con sentencia”, acusó.

El Instituto recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que, al analizar la razonabilidad del plazo, se debe considerar la complejidad del asunto, la actuación de las autoridades y la actividad procesal de las partes.

“La Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que al analizar prisión preventiva como medida cautelar y no punitiva y el derecho de toda persona a ser juzgada en un plazo razonable, el Estado debe establecer medidas distintas a la privación de la libertad, cuando el plazo de la prisión preventiva sobrepasa lo razonable”, detalló.

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El instituto añadió que —en este caso— se justifica erróneamente la medida de prisión preventiva justificada por la necesidad de cautela, supuestamente acreditada por la Fiscalía, sin considerar el análisis de riesgo emitido en favor de Vallarta Cisneros por la Guardia Nacional, que incluso estableció la existencia de arraigo.

“La resolución del tribunal desatendió lo establecido por el comité contra la tortura de Naciones Unidas, el que determinó, en este caso, que se impusiera una medida provisional distinta a la privación de la libertad, considerando el impacto de la prisión preventiva en la salud de Israel Vallarta Cisneros, así como lo excesivo que ha sido el proceso sin dictar sentencia”, añadió.

(milenio.com)





           



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