La presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo, publicó la noche de este jueves el decreto de la reforma de supremacía constitucional, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con la cual se busca que las reformas a la constitución sean inimpugnables.
El decreto establece se reforma el primer párrafo de la fracción II del artículo 107, y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105, de la Constitución, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal.
El párrafo que se adiciona al artículo 105 es: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución.”
Mientras que el artículo 107 ahora establece: “Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución.”
La publicación se da luego de que ayer, minutos después de las 20:30 horas la Cámara de Diputados avaló la reforma en materia de “supremacía constitucional”.
Lo que generó que inmediatamente, los Congresos locales de algunas de las 32 entidades sesionaran para pasar la propuesta.
Este jueves, minutos antes de las 13:00 horas, se logró la aprobación en la mayoría de Congresos, es decir 17 de los 32 que se tienen en el país.
Por la tarde, la Cámara de Diputados y el Senado de la República declararon la constitucionalidad de la reforma.
(milenio.com)