El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad que busca anular la nueva facultad del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para ofrecer a terceros el servicio de verificación de identidad.
El recurso fue promovido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Satos Personales (Inai) para impugnar las reformas al artículo 17-F, tercer párrafo, y 137, primer párrafo, ambos del Código Fiscal de la Federación.
Estas reformas le otorgan al SAT la facultad de ofrecer a terceros el servicio de verificación de identidad, lo cual, a decir del Inai, le permitiría a la autoridad hacendaria lucrar con datos personales de los contribuyentes, sin su consentimiento previo.
El tercer párrafo del artículo 17-F establece que el SAT podrá “llevar los registros de los elementos de identificación y de vinculación con los medios de identificación electrónicos de los firmantes y, en su caso, de la representación legal de los firmantes y de aquella información con la que haya verificado el cumplimiento de fiabilidad de las firmas electrónicas avanzadas y emitir el certificado”.
Debido a que el Inai no solicitó la suspensión, el SAT no tiene impedimento para emitir las reglas respectivas y empezar a dar este servicio.
El ministro Gutiérrez Ortiz Mena dio un plazo de 15 días hábiles para que el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo remitan copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado, incluyendo, las iniciativas, y del Diario Oficial de la Federación en el que conste su publicación, apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.
(milenio.com)