En los últimos seis años, la PGR ha aplicado la Ley de Extinción de Dominio en 64 ocasiones, informó el subprocurador Especializado en Investigación en Delitos Federales, de la dependencia, José Guadalupe Medina Romero.
Al participar en la mesa Operadores del Sistema en el foro Extinción de Dominio, afirmó que “los números son lapidarios” y que de las 64 acciones, 43 han sido favorables al interés del Estado, 11 en contra, dos desechadas, un desistimiento y actualmente hay siete en trámite.
“A nivel local, los números sobrepasan la acción de la autoridad federal, esa es la realidad”, expresó el funcionario de la Procuraduría General de la República (PGR) en la sede de la Cámara de Senadores.
Por ello Medina Romero se pronunció por la revisión de esta legislación y del Artículo 22 de la Constitución, “a fin de eliminar los obstáculos que actualmente impiden a la incautación de bienes a las bandas delictivas”.
El subprocurador explicó que la Ley de Extinción de Dominio se instrumentó desde 2009, pero “sus resultados dejan mucho que desear”, pues las medidas garantistas de derecho a la propiedad dejan en condición muy vulnerable la aplicación de la norma.
Reconoció que dichas medidas son primordiales para no afectar a terceros; empero cuando se trata de un régimen de excepción para combatir a la delincuencia organizada, “estamos hablando de la paz social y esta representa uno de los valores primordiales de la existencia misma del Estado”.
En ese sentido el funcionario de la PGR sugirió al Congreso una revisión de esta ley, a fin de hacer valer el derecho del Estado de combatir el crimen organizado, pues se requiere un equilibrio entre la seguridad jurídica y la aplicación de la justicia penal.
En la mesa de debate también participó el director corporativo del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), Alonso Carriles Álvarez, y el fiscal especializado en extinción de dominio, Jaime Enrique Rangel Díaz.
Los tres funcionarios coincidieron en señalar la necesidad de fortalecer la incautación de bienes como un método idóneo para combatir a la delincuencia, ya que con esta medida se vulneran sus recursos patrimoniales.
Refirieron que un punto medular para que no procedan las acciones de incautación en el Distrito Federal ha sido la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir diversas jurisprudencias respecto a las cargas probatorias.
Se indicó que con ello, se limita la autonomía de la autoridad penal al establecer que sólo puede proceder la extinción de dominio si se tiene acreditado el hecho ilícito con un auto de formal prisión y una sentencia.
A su vez el consultor en materia de justicia, Samuel González Ruiz, se sumó a la propuesta de modificar el artículo 22 constitucional, para superar los casos de jurisprudencia emitidos por los ministros de la Corte, pues sus tesis sobrepasan la interpretación de las leyes.
En su opinión los ministros de la Corte actúan en cónclave, sin atender opiniones de la sociedad ni de expertos, y sobrepasan su función al hacer presuntos análisis que terminan en nuevas leyes, con lo que invaden las facultades del Congreso de la Unión.
En este sentido, convocó a fortalecer la legislación con el aporte de foros abiertos, como los realizados por el Senado de la República.