La presidenta Claudia Sheinbaum publicó en el Diario Oficial dos leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial.
Se trata de la Ley de Carrera Judicial y las reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas en el Diario Oficial de la Federación.
¿Qué implican las leyes secundarias a la reforma judicial?
La ley de carrera judicial define las bases para el desarrollo de los servidores públicos y establece el registro único de personas servidoras públicas de la carrera judicial como un padrón único con información básica y técnica en materia de recursos humanos del personal.
Explica que esta carrera constituye un sistema institucional integrado por los procesos de ingreso, formación, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación del cargo de las personas servidoras públicas que la componen, basado en el mérito y la igualdad real de oportunidades.
Especifica los principios rectores que deberán seguir como excelencia, profesionalismo, objetividad, imparcialidad, independencia, antigüedad y paridad de género.
Y señala también que el perfil de los funcionarios deberá estar constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, responderá de manera idónea a las demandas de justicia, incluso detalla los lineamientos con los que deberá cumplir la persona que aspire a un cargo.
Aclara además que con estos cambios, los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial de la Federación serán respetados en su totalidad.
Entre los cambios al segundo caso se estipula que el Tribunal de Disciplina Judicial y los Tribunales de Disciplina Judiciales de los poderes judiciales de los estados serán competentes para investigar e imponer sanciones a las personas servidoras públicas.
También especifica que deberán observar el código de ética y el de buena conducta según corresponda. Dichos códigos deberán hacerse del conocimiento de las personas servidoras públicas de la dependencia o entidad de que se trate, así como darles la máxima publicidad.
Y marca que deberán observar en el desempeño de su cargo los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos.
(milenio.com)