La Secretaría de Relaciones Exteriores y la Presidencia de la República difundieron el decreto que promulga el Tratado de Libre Comercio entre México y la República de Panamá.
Ese acuerdo fue firmado en la ciudad de Panamá el 3 de abril de 2014, aprobado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión el 12 de marzo de 2015 y entrará en vigor el miércoles 1 de julio del año en curso.
Los objetivos de este pacto son reafirmar los lazos de amistad y cooperación entre ambas naciones, alcanzar equilibrio en sus relaciones comerciales, fortalecer los esquemas de integración económica regional, propiciar un mercado más amplio y seguro para mercancías y servicios, así como contribuir a la competitividad.
Entre sus disposiciones generales se da a conocer el establecimiento de una zona de libre comercio de acuerdo con las normas aplicables del Derecho Internacional.
Cada parte asegurará de conformidad con sus normas constitucionales, el cumplimiento de las disposiciones de este tratado en su territorio, en los ámbitos central, regional y local, según corresponda.
El acuerdo incluye las definiciones generales y específicas por país, el trato nacional y acceso de mercancías al mercado, además de precisar tanto las restricciones a la importación y la exportación, como los impuestos que esta última acción generen.
Indica también reglas de origen y procedimientos aduaneros, formatos para obtener el certificado y la declaración de origen, la facilitación de comercio y cooperación aduanera, acciones de defensa comercial, medidas sanitarias y fitosanitarias que habrán de acatarse, al igual que especificaciones del comercio transfronterizo de servicios, entre otros.