El senador panista Roberto Gil Zuarth presentó una iniciativa para expedir la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Desaparición Forzada de Personas, la cual propone hasta 70 años de cárcel a quien incurra en ese delito en México.
En la sesión ordinaria del Senado destacó que esta ley pretende sentar las bases para contar con acciones coordinadas entre todos los órdenes de gobierno tendientes a prevenir y combatir ese fenómeno delictivo, además de que se tendrá acceso a penas homogéneas que procuren el castigo a los agentes activos de este ilícito.
Se propone que se sancionará de 40 a 70 años de prisión y de 10 mil a 12 mil días multa si se oculta o se comete cualquier acción sobre el cadáver de la víctima que evite o intente evitar su identificación posterior.
De 40 a 65 años de cárcel y de ocho mil a 10 mil días multa si la víctima es privada de la vida por los autores o partícipes del delito.
La sanción será de 35 a 60 años de cárcel si el delito se comente contra servidores públicos, periodistas o comunicadores, defensores de derechos humanos; precandidatos o candidatos a cargos de elección popular, quienes hayan sido testigos de conductas punibles, desplazados, migrantes, víctimas de trata, entre otros.
También se crea el Registro Nacional de Perfiles Genéticos de Personas Desaparecidas, que concentrará las muestras biológicas de referencia y los perfiles genéticos que de ellas deriven.
De las personas desaparecidas, ubicadas y de sus familiares, con lo que se avanzará definitivamente en la construcción de sistemas de identificación de las víctimas de estos delitos.
En tribuna, Gil Zuarth expuso que de ser aprobada la iniciativa en sus términos, se fijarán las responsabilidades del Estado mexicano frente a los fenómenos de desaparición forzada de personas y se establecerán los mecanismos para garantizar que una persona desaparecida siempre seguirá siendo buscada por éste.
“La desaparición forzada de personas no es una modalidad de secuestro, no es una modalidad de privación de libertad, es un tipo penal específico que reconoce la participación como sujeto activo de agentes del Estado, pero también de la posible participación de particulares con el apoyo y la tolerancia de agentes del Estado”, apuntó.
La propuesta establece que la desaparición forzada puede ser cometida por servidores públicos directamente o por particulares que actúen con la aquiescencia de aquellos, pero también se propone crear un tipo equiparado para aquellas desapariciones cometidas exclusivamente por particulares.