La Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió no otorgar la medida cautelar solicitada por el PAN para retirar del aire el spot denominado “Adrián de la Garza” pautado en los tiempos en radio y televisión de la coalición Alianza por tu Seguridad.
En sesión extraordinaria urgente, los integrantes de la comisión votaron en contra de otorgar la medida cautelar solicitada por el PAN, ya que consideraron que no hay daño alguno irreparable que pudiera causar al Partido Acción Nacional (PAN) la difusión de ese promocional.
El proyecto de acuerdo que se presentó al pleno de la referida comisión del Instituto Nacional Electoral (INE) proponía declarar procedente la medida cautelar, pero los consejeros Beatriz Galindo, José Roberto Ruiz y Adriana Favela votaron en contra.
En su intervención, la consejera Adriana Favela cuestionó por qué tendría que otorgarse una medida cautelar a un partido que denuncia que no se cumple el convenio de coalición cuando no existe daño para el tercero que denuncia.
Por su parte, el consejero José Roberto Ruiz dijo no compartir el proyecto porque se debe mantener el criterio que los partidos políticos no pueden impugnar actos que sólo afectan la vida interna de otros institutos políticos o coalición de la que no forman parte.
Resaltó que con ese criterio se evitan las posibilidades de litigiosidad entre actores políticos “en donde ya de plano ya no se tiene que generar, es decir hay que darle un sentido de racionalidad a la materia electoral y no dejar que un partido quiera controlar los actos que incumben internamente a otros”.
En tanto, la consejera Beatriz Galindo dijo que en su opinión toda vez que al PAN no le causa perjuicio o daño ese promocional no tendría por qué otorgársele la medida cautelar.
En su intervención la consejera Pamela San Martín, quien en el seno de la comisión tiene derecho de voz pero no de voto, expuso que los partidos PRI, Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza y Demócrata firmaron un convenio de coalición en el que decidieron que iban a destinar sus tiempos a equis candidatos.
Sin embargo, comentó, “se los destinaron a otros, por lo que llega otro partido que no es integrante de la coalición Alianza por tu Seguridad y dice que los institutos políticos coaligados están haciendo en sus tiempos algo que no acordaron, pero no hay daño para el partido blanquiazul”.
En otro tema, la Comisión de Quejas resolvió no dictar las medidas cautelares solicitadas por el PRI respecto a la difusión en televisión de un mensaje del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco fuera de los tiempos ordenados por el INE.
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) alegó que dicho instituto contrato vallas electrónicas en el partido de fútbol entre Guadalajara y América para difundir mensajes en lo que se leía “Vota el 7 de junio, tú decides”.
Sin embargo, la comisión consideró que la difusión de esta propaganda no constituye la inobservancia contenida en el Artículo 41 constitucional al tratarse de propaganda que no busca influir en las preferencias electorales de los ciudadanos a favor de partidos o candidatos.