Una jueza federal dejó sin efecto la orden de aprehensión girada contra el ex secretario de Seguridad Pública federal, Genaro García Luna, por su presunta responsabilidad en el delito de enriquecimiento ilícito por 27 millones de pesos.
En acato a un amparo otorgado por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal, Verónica Gutiérrez Fuentes, jueza de control del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Norte, dejó sin efecto el mandamiento judicial.
Lo anterior fue informado por Yazmín Eréndira Ruiz Ruiz, jueza Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal.
“En cumplimiento a la ejecutoria de amparo, la jueza de Distrito Especializada en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, con sede en el reclusorio Norte, dejó insubsistente la orden de aprehensión. Asimismo, previno a la fiscalía”, detalla el acuerdo publicado hoy.
El tribunal colegiado amparó a García Luna por incongruencias en los datos aportados por la FGR, particularmente por los montos que percibió como servidor público y por las operaciones que realizó.
La FGR debe volver aclarar su petición. Una vez subsanada, podrá solicitar la orden de aprehensión y la juez de control deberá resolver lo que en derecho proceda.
El tribunal modificó la sentencia dictada en primera instancia por Eréndira Ruiz, quien negó la protección de la justicia al ex funcionario.
Hace unas semanas, el magistrado ponente del caso Jorge Isaac Lagunes Leano puntualizó lo siguiente:
“Existe una incongruencia que resulta relevante evidenciar y en su caso que debe ser valorada por el juez de control a partir de lo que le expuso el Ministerio Público, y si ello no es factible, a partir de esta exposición hecha en el pliego de consignación, devolver la orden de aprehensión al existir un impedimento formal para superarlo, ya que se observa, que se sostiene, en este delito de enriquecimiento ilícito, una premisa que resulta trascendente, que está vinculado con la afirmación del aquí quejoso que no señaló haber tenido tener otra fuente de ingresos adicionales a sus sueldos y salarios”.
Mencionó que de la propia descripción que hace la autoridad ministerial de estos ingresos se observa una incongruencia, “ya que si bien destaca ingresos que percibe por su salario, también destaca otros ingresos y señala en su propia consignación que estos ingresos corresponden a determinadas operaciones que este quejoso realizó y propone incluso datos para identificar su origen”.
Lagunes Leano subrayó que resulta necesario que lo anterior sea precisado por el juez de control al momento de resolver nuevamente sobre la solicitud de orden de aprehensión.
“…el juez cuenta con toda esta información, no es algo que pudo haberse omitido o prescindido o que no tuvo acceso”, ya que se trata de una solicitud realizada por escrito por el Ministerio Público.
Por su parte, la magistrada Taissia Cruz Parcero, quien apoyó la propuesta de amparar a García Luna, consideró que se trata de un tema complejo.
“…comparto en sus términos el proyecto, y también en cuanto se llega a la conclusión del diverso acto reclamado que es la orden de captura, hay unas incongruencias que deben ser en su caso solventadas…Parece que esa información no corresponde a las afirmaciones que se hacen a lo largo del acto reclamado, en el sentido de que no se reportaron diversos ingresos.
“Creo que aquí hay un tema que debe ser abordado por la responsable de manera congruente con los propios datos que tuvo en su consideración y ya resolverá en su caso en lo que su derecho proceda”, expresó.
Cruz Parcero dijo que es importante tener certeza sobre cuáles fueron los ingresos de García Luna.
El proyecto también fue avalado por la magistrada Silvia Estrever Escamilla.
(milenio.com)