
Ante una posible negativa a su solicitud de registro para competir por la presidencia del Instituto Nacional Electoral (INE), la consejera electoral Carla Humphrey Jordan, aseguró que procederá por las vías jurídicas adecuadas para ser considerada para ocupar este cargo.
Lo anterior, debido a que existe un espacio sujeto a interpretación en el proceso de selección al ser órganos distintos, con diversas atribuciones, el Consejo General y la Presidencia del órgano electoral federal.
Tras la publicación de la lista de personas que pueden acceder a la presidencia del INE, la cual debe presentarse este jueves 3 de marzo, por parte del Comité Técnico de Evaluación, en caso de existir una determinación que deba combatir jurídicamente lo hará ante las instancias pertinentes, pues al igual que todos sus pares en el colegiado, tiene el derecho de contender por la titularidad del árbitro electoral.
“Estaré atenta, hay un espacio sujeto a interpretación con base en que cada órgano, el Consejo General y la Presidencia, tienen atribuciones distintas, como consejera formó parte de uno de éstos, pero hay atribuciones de la presidencia que no tenemos las consejerías, si bien somos pares, tenemos distintas atribuciones, por ello se abre este espacio de interpretación y permite que cualquiera de nosotros (consejeros y consejeras) se puede inscribir”, manifestó.
Descartó una posible negativa a su continuidad en el proceso de selección bajo el argumento de una posible reelección de su parte, pues no sólo su período en la consejería no ha concluido, sino que compite por un cargo distinto dentro del INE, por lo cual no se configura ese supuesto, “de cualquier forma si el Comité Técnico de Evaluación decide que no puedo continuar a la siguiente etapa, que es el examen, veré las rutas jurídicas para cuestionar e impugnar”.
La consejera electoral confió en que la Junta de Coordinación Política de la cámara de diputados federal acatará la determinación de los órganos jurisdiccionales al considerar la paridad en la presidencia del INE, ya que en su historia el Legislativo nunca ha nombrado a una mujer como titular del órgano electoral, sentencia que se mantiene firme y por ello en caso de restringir la participación de las mujeres será motivo para controvertir ante las autoridades pertinentes.
Plan B y el riesgo
La consejera electoral del INE, Carla Humphrey Jordan, comentó que el riesgo que existe en caso de permanecer el denominado “plan B” de la reforma electoral, es poner entredicho la calidad de los procesos de votación en el país, pues ya entró en funciones el recorte de cerca de 85 por ciento del personal del Servicio Profesional Electoral Nacional, así como de personal en los 300 distritos en todos los estados, lo cual repercute en sus actividades.
“Estaremos hablando de afectación a la calidad de los procesos electorales en México, el riesgo o daño es a nivel distrital porque desaparecen las Juntas Distritales para que una sola persona deba hacer las actividades que debemos cubrir, al igual que la merma del personal del SPEN, debemos analizar presupuestalmente cómo impacta en el tema de actividades que se llevan a cabo, porque no se reducen nuestras actividades sólo nuestro personal, y debemos tener personal técnico especializado para cumplir nuestras funciones, un personal temporal no garantiza imparcial y profesionalismo, por eso vamos a desarrollar la estructura de estos órganos desde nivel distrital”, apuntó.
Igualmente, comentó Carla Humphrey, preocupa la protección a los datos personales de las personas que soliciten su credencial de electoral al contar con módulos de atención en oficinas de gobierno o escuelas, además de generar incertidumbre dentro del padrón electoral, sobre todo al permitir el sufragio con pasaporte o una matrícula consular, la cual debe verificar la misma Secretaría de Relaciones Exteriores, “esto violenta el padrón seguro y confiable que mantenía el INE, además de que es la base de elecciones limpias”.
Pese a esto, confió en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dé un revés a esta modificación de la norma ante las acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales que se han interpuesto ante el máximo órgano jurisdiccional del país, pues debe prevalecer el respeto a los derechos humanos, el respeto al artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como tratados internacionales que priorizan las garantías individuales.
(milenio.com)