Los derechos de acceso a la información y de protección de datos a veces se contraponen, por lo que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) privilegia los principios de máxima publicidad y protección de la privacidad.
Al participar en el XIII Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos en Lima, Perú, la consejera Areli Cano Guadiana, destacó la figura de “versiones públicas” utilizada en México, documentos mediante los que el solicitante conoce la información de su interés, mientras que los datos personales de terceros son protegidos.
“Al realizar este ejercicio de ponderación, consideramos la aplicación de principios objetivos y certeros para probar si revelar cierta información causaría daño probable y presente”, expuso.
En el caso de afectación de derechos de la personalidad el tipo de pruebas se conocen como “pruebas de interés público”, en las que se demuestra que existe interés general supremo por conocer la información que se reserva a costa del interés individual del titular de los datos personales.
Durante su exposición, Cano Guadiana refirió que las leyes específicas sobre protección de datos surgen de la necesidad de una regulación particular del derecho con el propósito de que se respete, garantice y proteja adecuadamente.
“Otro elemento esencial para la elaboración de una ley específica que proteja los datos personales es la evolución tecnológica. Las herramientas informáticas contemporáneas permiten el acceso a la información de manera inmediata y desde puntos geográficos distintos del mundo en cuestión de segundos”.
“Esta circunstancia torna vulnerables los datos de los particulares por su potencial uso indebido”, señaló.
En la mesa participaron Eloy Espinosa-Saldaña, magistrado del Tribunal Constitucional del Perú; Rodrigo Reyes, jefe de Unidad de Gestión Judicial del Consejo para la Transparencia de Chile, y Oscar Puccinelli, magistrado de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Rosario, Argentina.