Las dependencias, órganos desconcentrados y político-administrativos, así como entidades de la Administración Pública local están obligadas a cumplir con los criterios y conceptos en materia de valuación para operaciones inmobiliarias en donde el Distrito Federal es parte.
Ello ante la complejidad en materia inmobiliaria que presenta la capital del país, en conjunto con fenómenos económicos que inciden en las condiciones de mercado, han propiciado el surgimiento de nuevas tendencias en la valuación de bienes inmuebles.
En un acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el gobierno capitalino considera necesario la aplicación de conceptos complementarios que deberán tomarse en cuenta para evaluar estas plusvalías urbanas, que infieren en las operaciones inmobiliarias en que interviene la administración local.
Para la elaboración de estos dictámenes, la Oficialía Mayor por conducto de su Dirección General de Patrimonio Inmobiliario a través de su Dirección de Avalúos, se regirá por las disposiciones que en esta materia aplica la propia Oficialía.
Dichas evaluaciones deben cumplir con el “Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria”, vigente, emitido por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
Conforme a la práctica valuatoria a nivel nacional e internacional, se tienen diversos principios económicos reconocidos por las y los profesionales de la valuación, los cuales se enuncian en el Anexo que forma parte del presente acuerdo.
Estos principios resultan fundamentales para el estudio, análisis y estimación del valor de los bienes inmuebles en cualquier mercado, ya que constituyen la base de las metodologías valuatorias.
El ejercicio de la valuación emitida en razón de operaciones inmobiliarias que incidan en el patrimonio inmobiliario del Distrito Federal, deberá acogerse a dichos principios y metodologías, estableciendo en el Dictámen Valuatorio.
La Dirección General de Patrimonio Inmobiliario realizará contratos de prestación de servicios profesionales con diversos Colegios de Profesionistas para la elaboración de los avalúos que se requieren para la celebración de las diversas operaciones que infieren en el patrimonio inmobiliario de la ciudad de México.
Lo anterior, a fin de brindar transparencia y equidad en la realización de los dictámenes valuatorios.
Por lo que respecta a los avalúos que determinen la contraprestación a pagar por el uso, goce y aprovechamiento de inmuebles propiedad del Distrito Federal y considerando la naturaleza de este, se establecerá a través de una valuación de Negocio en Marcha, el cual considerará la utilidad y potencialidad de cada negocio.
En el cálculo de la contraprestación mediante la valuación de Negocio en Marcha se considerarán los ingresos, egresos y el riesgo implícito del proyecto de aprovechamiento a desarrollar.
Puntualizó que dichos avalúos serán elaborados por peritos valuadores con una amplia experiencia comprobable en valuación de Negocio en Marcha.
El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y toda solicitud de avalúo que ingrese a partir de la entrada en vigor del presente, deberá observar para la emisión del Dictamen Valuatorio solicitado, las disposiciones contenidas en el acuerdo.