El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INA) difundió las bases de interpretación y aplicación de la ley en la materia, las cuales son de observancia obligatoria para los tres Poderes de la Unión.
Órganos autónomos, sindicatos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos y cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, de acuerdo con su esfera de actuación, también están obligados a acatar esta legislación.
Las bases interpretativas difundidas en el Diario Oficial de la Federación este miércoles, tiene como meta brindar a esos entes y personas certeza, objetividad, legalidad y seguridad jurídica sobre la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, vigente desde el 5 de mayo.
El ordenamiento contempla los trámites de solicitud de acceso a la información, recursos de revisión, obligaciones de transparencia, sujetos obligados, facultades del pleno y atribuciones del INAI, el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como los casos no previstos.
Destaca que en un plazo no mayor a seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el pleno del instituto emitirá los lineamientos necesarios para ejercer sus atribuciones.
Una vez emitidos, se pondrán en marcha las acciones que aseguren su operación a fin de que éstas adquieran plena vigencia después de transcurrido el periodo de un año, con base en lo establecido en los artículos 5 y 6 transitorios de la citada normativa.
El dictamen instruye al secretario técnico del pleno del INAI para que en coordinación con las Direcciones Generales de Coordinación y Vigilancia de la Administración Pública Federal, así como de Relaciones con Nuevos Sujetos Obligados y Asesoría y Consulta, comunique el presente acuerdo a los sujetos obligados.