La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Xóchitl Gálvez, candidata del PAN a la jefatura delegacional en Miguel Hidalgo, no transgredió la normativa electoral al participar en varias entrevistas radiofónicas.
Ello, porque dichas participaciones en estaciones de radio se efectuaron un día después de que el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) declaró improcedente su candidatura porque su credencial de elector no tenía dirección en la ciudad de México.
Posteriormente, la abanderada del Partido Acción Nacional (PAN) impugnó esa resolución ante la Sala Superior, que resolvió a su favor y ordenó su registro.
De manera que, la cobertura noticiosa sobre la negativa de registro de la aspirante panista y la restitución de su derecho a ser votada constituyen aspectos de interés general, determinaron los magistrados del TEPJF.
En ese sentido, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello enfatizó que no hubo una adquisición o contratación de tiempos en los medios de comunicación social, sino que transmitieron las entrevistas dada la situación de su registro.
En tanto, Clicerio Coello Garcés, magistrado presidente de la Sala Especializada, consideró de suma trascendencia que, en casos de cobertura informativa sobre hechos o acontecimientos que pueden tener repercusiones en el ámbito público y están presentes en el debate político, debe privilegiarse la libertad de expresión.
Los magistrados determinaron que el contenido, la estructura y el contexto en que se desarrollaron cada una de las entrevistas atienden a un auténtico ejercicio periodístico de las concesionarias.
Ello, porque en ese momento Xóchitl Gálvez estaba inmersa en un debate legal por el registro de su candidatura y no hubo elementos dirigidos a influir en las preferencias electorales.