El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) descartó que el precandidato a jefe delegacional en Magdalena Contreras por el PRD, José Luis Rodríguez, y Leticia Quezada, hayan violado las normas rectoras de los materiales de elaboración de propaganda electoral.
En sesión pública, los magistrados determinaron que Rodríguez Díaz de León y Quezada Contreras no violaron la norma por repartir un calendario plastificado no reciclable y no biodegradable, como se argumentó en el juicio promovido por María Guadalupe Osorno Cerda.
El pleno acordó escindir las conductas denunciadas, de tal manera que dicho procedimiento sólo continuó respecto de Félix Arturo Medina Padilla, encargado de despacho de la delegación Magdalena Contreras, y Onasis Galdino Zárate Paz, presidente del Comité Ejecutivo delegacional del PRD, por su participación en el registro de precandidatos y en el cierre de la precampaña.
En el caso de Zárate Paz, se declaró incompetente y remitió las constancias a las instancias partidarias.
En consecuencia, se plantea que ese procedimiento especial fraccionador únicamente se pronuncie respecto de los hechos atribuibles a Medina Padilla.
Sobre este último, el TEDF consideró infundada la denuncia por el presunto incumplimiento del principio de imparcialidad en el uso de los recursos públicos.
No obstante, en caso de tener por acreditada su asistencia, tal proceder no sería un acto ilícito, pues el registro de las precandidaturas se realizó en sábado, que es día inhábil y fuera del horario de la jornada de trabajo del denunciado.
El pleno del TEDF, integrado por los cinco magistrados, se declaró listo para iniciar el estudio y análisis de los medios de impugnación que han llegado al tribunal.
Anotó que en las siguientes semanas se estudiarán y resolverán las inconformidades, garantizando a la ciudadanía y a los partidos políticos que los trabajos se llevarán a cabo con objetividad y estricto apego a la ley.