La Ley Federal de Archivos permite clasificar como confidenciales, hasta por 70 años, documentos históricos que tengan datos personales relativos a “la esfera más íntima” de los involucrados, que puedan provocar discriminación o poner en peligro a las personas.
Historiadores, sociedad civil y legisladores pidieron eliminar esa facultad contenida en el Artículo 27 de dicha ley, por considerar que la figura de “archivos históricos confidenciales” limita el derecho a conocer la verdad y contradice la reforma constitucional de transparencia.
El punto fue debatido durante el Seminario Internacional: “El acceso a los archivos confidenciales históricos” organizado por el INAI, el Archivo General de la Nación y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en el marco del Día Internacional del Archivista.
La directora general del Archivo General de la Nación, María de las Mercedes de Vega Armijo, consideró que el desafío para la archivística nacional para el acceso a documentos históricos confidenciales, es cumplir con el acceso a la información, transparencia, protección de datos personales y la investigación académica.
Explicó que un documento clasificado como histórico confidencial, no necesariamente es secreto de Estado, sino un documento con datos personales que debe ser protegido mediante el trabajo archivístico profesional pero que contribuya a recuperar la verdad y reconstruir los hechos a partir de los registros.
En ese sentido, dijo, si la normativa actual es insuficiente o susceptible de mejoras, será precisamente el Poder Legislativo el responsable de modificarla.
Asimismo, señaló que con la nueva Ley de Transparencia los integrantes del Sistema Nacional de Transparencia, entre los que están el Archivo General de la Nación y el INAI, tendrán más herramientas para garantizar tanto el acceso a la información, como la protección de datos.
En su oportunidad el director en México de la organización Artículo 19, Darío Ramírez, consideró que todo documento histórico debe ser público, que hubo regresiones en la materia y las leyes que regulan el acceso a estos archivos tienen contradicciones entre sí.
Comentó que cuando un documento agota su valor administrativo, jurídico, fiscal o contable y mantiene sólo su valor histórico para conservase en la posteridad, los datos personales de terceros deben pasar a segundo término.
“En muchos casos el valor histórico de los documentos depende precisamente de los datos personales, por lo que deben darse a conocer en sus versiones originales”, afirmó.
En ese sentido, pidió abrir nuevamente al público la galería uno del Archivo General de la Nación, cuyo acceso se restringió tras la publicación de la actual Ley General de Archivos publicada en 2012.
El senador Alejandro Encinas Rodríguez, consideró que el Artículo 27 de la Ley Federal de Archivos, quedó sin validez tras la reforma constitucional en materia de transparencia que anula las normas que sean contrarias.
Por ello, confió en que el punto pueda modificarse en el marco de las reformas secundarias pendientes en transparencia, sin necesidad de una controversia constitucional.
En su intervención, durante la inauguración, la comisionada presidenta del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), Ximena Puente de la Mora, señaló que el tema es importante para el organismo de cara a la instalación del consejo del sistema nacional de transparencia.
Por ello, adelantó que será de vital importancia que funcione a la brevedad un sistema institucional de archivos que contribuyan mediante el uso de herramientas tecnológicas a facilitar su acceso a lo largo y ancho de todo el país.
“En el INAI estamos comprometidos para trabajar de manera conjunta con todos los órganos garantes del país, el Archivo General de la Nación y los sujetos obligados para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, tanto en materia de transparencia, como en materia de archivos”, indicó.