Cofece elude cumplir con la orden del Tribunal especializado y decretar la probable responsabilidad que incuso las propias cerveceras habían aceptado al ofrecer compromisos para corregir el mercado
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), en evidente desacato a lo resuelto por un Tribunal Especializado, resolvió en sesión del 24 de noviembre de 2020, cerrar el expediente de investigación que abrió desde julio de 2010 por denuncia de distribuidores independientes de cerveza, por la probable existencia de prácticas monopólicas relativas cometidas por las empresas extranjeras Heineken y AB in Bev.
Las prácticas que se denunciaron consisten en el otorgamiento realizado por descuentos o incentivos a sus clientes a cambio de exclusividades en la distribución, comercialización y venta de cervezas en el país, y con ello, desplazar a otros agentes económicos del mercado.
En el 2013, la autoridad de competencia cerró anticipadamente su procedimiento de investigación DE-012-2010, en virtud de que las cerveceras de manera voluntaria, ofrecieronllevar a cabo diversos compromisos para corregir las prácticas comerciales de exclusividad y exclusividad incentivada que negociaban con sus clientes, a cambio de que la Cofece decretara la terminación anticipada de la investigación sin imputar responsabilidad alguna a ninguna de las cerveceras.
Específicamente, las cerveceras se comprometieron a limitar el porcentaje de exclusividades en puntos de venta tales como restaurantes y establecimientos del canal tradicional.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República (Tribunal Especializado), después de más de 7 años de litigio, resolvió en septiembre de 2020 que los 1
compromisos presentados por las cerveceras no cumplen con los requisitos previstos en la Ley Federal de Competencia Económica y ordenó que la Cofece debía reponer el procedimiento para analizar a fondo las conductas investigadas.
El propio Tribunal Especializado, parte de la presunción que tomando en consideración la participación de mercado que tienen las cerveceras con base en su volumen de venta, y el número de exclusividades que tienen pactadas en el mercado, las conductas investigadas podrían ser contrarias a la Ley, conforme los parámetros establecidos por ejemplo en la Unión Europea.
Asimismo, se desprende que por la naturaleza de la acusación, existe una presunción de que los denunciantes hayan sufrido daños y perjuicios, y por ende, que la Cofece esté obligada a emitir un pronunciamiento.
Sin embargo, tanto la Autoridad Investigadora de la Cofece, como el Peno de la misma, eluden la sentencia de amparo emitida por el Tribunal Especializado, y en una resolución inconsistente y en total contrasentido, resuelven cerrar el expediente de investigación aun cuando en su resolución de 2013, determinaron que sí existían prácticas que se debían corregir en el mercado de la distribución y comercialización de cervezas, y precisamente por ello, aceptaron los compromisos que voluntaria y expresamente ofrecieron AB InBev (Grupo Modelo Sab Miller) y Heineken (Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma) para arreglar el mercado.
El Pleno de la Cofece incluso reconoció en la resolución de noviembre de 2020, que el análisis y conclusiones elaboradas, que parten de premisas que podrían ser distintas, expresamente señalan que no se llevaron a cabo ciertos análisis, ni se plasmó cierta información, e incluso, sostiene que en la investigación se debieron de haber realizado mayores esfuerzos, y que, debido a dichas deficiencias, el Pleno se ve imposibilitado de pronunciarse y por ende, debe cerrar el expediente.
Así por una parte, el propio Pleno de la Cofece reconoce expresamente el indebido e ilegal actuar de la Autoridad Investigadora, pero al mismo tiempo incurre igualmente en la emisión de una resolución ilegal en perjuicio del mercado y de los que pudieron verse afectados por las prácticas denunciadas, por haber sido omiso en analizar él mismo, las constancias del expediente de investigación, las pruebas ofrecidas y obtenidas por la propia Autoridad Investigadora, la resolución de amparo dictada por el Tribunal Especializado, entre otros, y haber determinado si las conductas investigadas son contrarias a la Ley de competencia.
El Pleno de la Cofece, en un actuar ilegal e irresponsable, resolvió que era más fácil cerrar el expediente e ignorar la probable afectación generada por AB InBev (Grupo Modelo Sab Miller) y Heineken (Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma), en un mercado tan importante para México y que puede tener graves repercusiones tanto al interior como al exterior de nuestro País, afectando la libre competencia y concurrencia económica.
Debido a las omisiones y deficiencias, tanto en la investigación como en la Resolución emitida por el Pleno de Cofece, se presentó una denuncia ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de la República para que se investiguen los hechos anteriormente narrados.