La Secretaría de la Función Pública (SFP) informó que el 2 de agosto sólo regresarán a trabajar de forma presencial a las oficinas del gobierno federal, los servidores públicos que hayan concluido su esquema de vacunación contra covid-19 y que se hagan una prueba de coronavirus.
Destacó que la medida se aplicará por tiempo indefinido, a partir del lunes, debido a que hoy vence el último acuerdo emitido por la SFP en abril, el cual ampliaba las medidas de trabajo a distancia que iniciaron en marzo de 2020, a causa de la pandemia de coronavirus.
La SFP resaltó que quienes todavía no concluyen su esquema de vacunación, podrán seguir haciendo trabajo a distancia, en los casos en los que sea posible y no se altere el debido cumplimiento de sus funciones.
Esta excepción al trabajo presencial también aplica para las personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y personas con enfermedades crónicas consideradas de riesgo por las autoridades de salud, tales como obesidad mórbida, diabetes mellitus, hipertensión arterial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, asma, enfermedades cerebrovasculares, infección por VIH, enfermedad renal crónica, estados patológicos que requieren inmunosupresión, y cáncer en tratamiento.
En un acuerdo publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, también se especifica que para reducir riesgos de contagio, podrán seguirse autorizando días de trabajo presencial, con horarios escalonados, y a distancia alternados, entre el personal que integra las distintas unidades administrativas, procurando asegurar en todo tiempo las medidas sanitarias recomendadas por la Secretaría de Salud.
De la misma manera, podrá continuarse con el uso de las tecnologías de información y comunicación para la realización de sesiones y reuniones de trabajo, acciones de capacitación y similares a efecto de minimizar el traslado, contacto y riesgo de contagio entre las personas servidoras públicas.
Por lo que, para el intercambio de información oficial, los servidores públicos deberán cumplir con el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional como medida complementaria de las acciones para el combate de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV-2 (covid-19)”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2020.
La SFP advirtió que la aplicación de los presentes criterios no implicará la autorización de vacaciones, viáticos, pasajes o erogación adicional alguna y que los periodos vacacionales podrán ser autorizados a criterio de los titulares de las Unidades Administrativas de su adscripción, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Y pidió a los empleados públicos asumir “una conducta responsable, ejemplar y ordenada en el acatamiento de las medidas sanitarias establecidas por el gobierno federal para hacer frente a la pandemia, privilegiando el derecho a la salud de todas las personas”.
Así como ha venido ocurriendo desde el año pasado, estas medidas no aplicarán para empleados de las secretarías de Defensa Nacional, Marina, Seguridad y Protección Ciudadana, la Guardia Nacional, las instancias de Seguridad Nacional y Seguridad Pública, el personal del Servicio Exterior Mexicano, y demás instituciones que prestan o están relacionadas con los servicios de protección civil, y las que se determine que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial.
(milenio.com)