Al considerar que el jefe delegacional en Cuajimalpa, Adrián Rubalcava, es administrativamente responsable de actos anticipados de precampaña, el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) lo sancionó con una amonestación pública.
Al analizar el proyecto de resolución del procedimiento especial sancionador 002 de 2014, instruido por el Instituto Electoral del Distrito Federal contra Rubalcava Suárez, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se concluyó que el jefe delegacional llevó a cabo una promoción injustificada de su imagen.
Durante la sesión pública de este martes, donde en el orden del día sólo consideró este caso, derivado de una denuncia del Partido de la Revolución Democrática, se señaló que sí quedan demostrados los actos anticipados de precampaña por promoción individualizada indebida cometidos por Rubalcava Suárez.
Ello, porque la propaganda se colocó en la demarcación aproximadamente durante el plazo que transcurre del inicio del proceso electoral actual y hasta antes del inicio del proceso interno de selección de candidatos del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Con la colocación y difusión de la propaganda denunciada se promovió por una parte el nombre y la imagen del funcionario delegacional y por otra se advierten elementos que evidencian la promoción personalizada del mismo.
Sobre el contenido de las vallas se desprende también una injustificada promoción de la imagen del delegado denunciado, puesto que era innecesario que apareciera en la propaganda si la intención perseguida con ella consistía sólo en difundir los logros de su gestión.
Todo lo anterior evidencia que la inclusión de la imagen de Adrián Rubalcava tuvo como móvil una promoción injustificada de su imagen.
En cuanto a la denuncia de utilización de recursos públicos, el pleno del TEDF concluyó por mayoría, con el voto en contra de la magistrada María del Carmen Carreón Castro, que no es posible tener por acreditada su utilización en la colocación vallas en la demarcación.
De modo que la conducta imputada a Rubalcava Suárez en el supuesto mencionado no resulta sancionable, puntualizó el Tribunal Electoral capitalino.