Este miércoles 29 de septiembre de 2021 vence el plazo de 120 días de transición para la implementación de la Carta Porte, pero a pocos días de que el plazo concluya, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría dar una prórroga, debido a problemas relacionados con la seguridad de la información, advirtió la firma especializada en temas fiscales y transporte, Ekomercio.
La Carta Porte genera la información que acredita la legal tenencia de las mercancías que se transportan en todo el país, usa medios electrónicos como la factura. Su objetivo es tener trazabilidad en el traslado de mercancías, generar mecanismos de control, dotar a los propietarios y a las autoridades de elementos de verificación más ágiles y reforzar los actos de fiscalización.
“Como está la delincuencia en México, hace pensar que al saber cuánto vale la mercancía trasladada, la delincuencia organizada ponga el objetivo en el transporte porque ya va estar visible. El SAT tiene pendiente algunas sesiones y seguramente dentro de ellas es ésta, para acordar la manera en la que se describa el valor de la mercancía y que los canales sean 100 por ciento seguros”, dijo a MILENIO el consultor de tecnología de Ekomercio, Abraham Ramírez.
En entrevista, señaló que en el proceso de transporte participan agentes aduanales quienes hacen un registro a través de la ventanilla única de comercio electrónico y ahí se libera la carga, dependiendo del medio utilizado (vía aérea, marítima o terrestre) y de las condiciones de entrega con el cliente.
El consultor explicó que este proceso tiene múltiples opciones, eso es lo que le agrega complejidad, y si bien la Carta Porte siempre ha existido, el reto de la factura con el complemento de este documento está en tres puntos: el propietario de la mercancía, el intermediario o propietario logístico y el transportista. Estos tres tienen que nutrir este documento con información.
Abundó en que cada uno de estos tres participantes tiene que pagar los impuestos correspondientes, en cada etapa del traslado de la mercancía hasta que ésta es entregada al cliente final, que incluye el impuesto correspondiente por el costo de traslado, así como por el valor de la mercancía.
De no hacerlo, apuntó, puede haber multas que van desde los 760 pesos hasta 14 mil 710 pesos, pero el principal problema es que no se podrá deducir el Impuesto al Valor Agregado (IVA); además, si no se tiene la Carta Porte que avala el traslado de la mercancía, ésta puede ser detenida por la autoridad.
Brecha de informalidad
Abraham Ramírez añadió que con el complemento de la carta porte, cada vez más se va cerrando la brecha de la informalidad, pues como contribuyente, no se pueden deducir impuestos si no se tiene una factura electrónica, “el SAT llevando el esquema completo para que los contribuyentes tengamos que pedir una factura”, aseveró.
(milenio.com)