El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) recibirá hasta hoy los comentarios, opiniones y propuestas en torno al Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual se modifican las reglas de portabilidad numérica que publicó en noviembre de 2014.
Una vez cerrada la consulta pública que inició el 6 de abril pasado, la Unidad de Política Regulatoria someterá a consideración del Pleno del organismo un proyecto que considere el resultado de este ejercicio para que, en su caso, sea aprobado para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación.
De acuerdo con el documento dado a conocer en la página del instituto, derivado del análisis de estadísticas y la supervisión de la implementación técnica y operativa de los procesos de portabilidad, se identificó la necesidad de realizar algunas mejoras a la norma.
Una de ellas, señala el anteproyecto, es la eliminación del formato de solicitud de portabilidad para personas físicas, pues para acreditar la voluntad del usuario para portar su número bastará con que informe al proveedor con el cual quiere recibir el servicio de telefonía fija o móvil.
Al eliminar el formato de solicitud de portabilidad para trámites ingresados como persona física, se incentiva el uso de medios electrónicos y se simplifica la implementación de mecanismos remotos para la recepción de solicitudes por parte de los prestadores de servicios.
“Se estima conveniente la modificación de las reglas de portabilidad en lo conducente, a efecto de ajustar las definiciones y referencias vinculadas con el formato de solicitud, así como para adecuar el formato de solicitud para que su utilización sea acotada exclusivamente a personas morales”, señala.
Asimismo, el órgano regulador considera en este documento la mejora en la información que recibe el usuario durante el proceso de portabilidad numérica y de la extensión de la vigencia del Número de Identificación Personal (NIP).
Subraya que las estadísticas de portabilidad son esenciales para la adecuada supervisión de la eficacia del proceso y el cumplimiento de las obligaciones correspondientes, por lo cual es importante recabarlas con precisión, desagregación y oportunidad debidas.
En ese sentido, considera necesario que los prestadores del servicio proporcionen datos adicionales, además del envío periódico cuando resulte aplicable, tanto al Instituto como al Administrador de la Base de Datos (ABD), de la relación de series y rangos de numeración que proporcionen a comercializadoras para la prestación del servicio.
Con esta información, el ABD deberá generar archivos para el instituto sobre números a portarse y a eliminarse, los cuales deberán contener, entre otros datos, información que permita identificar el tipo de operador, fecha y hora de presentación de la solicitud del usuario, así como el esquema de contratación del servicio.
“De esta forma, el Instituto podrá llevar a cabo un mejor seguimiento y verificación del proceso de portabilidad, así como observar la participación de la totalidad de los proveedores de servicios involucrados en el mismo”, añade el documento.