El Pleno del Ifetel resolvió desacuerdos de interconexión entre las empresas Alestra y Pegaso PCS, así como de NII Digital con Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, y con Total Play Telecomunicaciones, respectivamente.
En el caso de Alestra, el órgano regulador determinó que deberá pagar a Pegaso PCS, por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles bajo las modalidades “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, una tarifa de 0.3214 pesos por minuto para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012.
En un comunicado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) señaló que resolvió que para el mismo lapso del año 2013, Alestra deberá cubrir una tarifa de 0.3144 pesos por minuto de interconexión.
Asimismo, determinó que para el periodo que comprende el 1 de enero al 12 de agosto de 2014, el pago será de 0.3199 pesos por minuto, en tanto que para la segunda parte de ese mismo año deberá hacerse extensiva la tarifa de interconexión establecida para el periodo antes señalado.
El instituto estableció que NII Digital y GTM deberán pagar recíprocamente por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos en el Área de Servicio Local con punto de interconexión 0.02432 pesos por minuto de interconexión del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012.
Para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013, NII Digital pagará 0.02392 pesos por minuto de interconexión, mientras que para el mismo lapso pero del año 2014, la tarifa será de 0.02445 pesos por minuto de interconexión.
La tarifa de interconexión que NII Digital y GTM deberán pagarse en forma recíproca por servicios de terminación del servicio local en usuarios fijos, del 13 de marzo al 31 de diciembre de 2015, será de 0.004179 pesos por minuto de interconexión.
El instituto determinó que la tarifa que NII Digital y Total Play deberán pagarse recíprocamente por servicios de terminación conmutada en usuarios fijos, del 1 de enero al 12 de agosto de 2014 será de 0.02445 pesos por minuto de interconexión, misma que se hará extensiva para el periodo del 13 de agosto al 31 de diciembre de 2014.
Por su parte, la tarifa que Total Play deberá pagar a NII Digital, del 1 de enero al 12 de agosto de 2014, bajo la modalidad “El que llama paga” y “El que llama paga nacional”, será de 0.3199 pesos por minuto de interconexión, misma que se hará extensiva para el periodo del 13 de agosto al 31 de diciembre de 2014.
La tarifa de interconexión que Total Play deberá pagar a NII Digital por servicios de terminación conmutada en usuarios móviles, del 13 de marzo al 31 de diciembre de 2015, será de 0.2505 pesos por minuto de interconexión.
La tarifa de interconexión que NII Digital y Total Play deberá pagarse en forma recíproca por servicios de terminación del servicio local en usuarios fijos, del 13 de marzo al 31 de diciembre de 2015, será de 0.004179 pesos por minuto de interconexión.
Para el periodo del 1 de enero al 12 de marzo de este año, tanto para el servicio de terminación del servicio local en usuarios móviles bajo la modalidad “El que llama paga” como para el servicio de terminación del servicio local en usuarios fijos, se harán extensivas las tarifas anteriores.
El Ifetel resolvió que “no hay lugar para la determinación de la tarifa aplicable al servicio de tránsito toda vez que Total Play no se encuentra obligada a prestar dicho servicio, en términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.
En todos los casos, las contraprestaciones que las partes deberán pagarse, se calcularán con base en la duración real de las llamadas, sin redondear al minuto.