La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) se pronunció por investigar las cuentas bancarias de mexicanos en el extranjero que aparecieron en la lista de clientes de HSBC.
El organismo autónomo manifestó que la legislación fiscal mexicana cuenta con los instrumentos y figuras legales necesarias para investigar a fondo los casos que se han dado a conocer sobre cuentas millonarias de mexicanos en la institución financiera internacional.
Señaló que los datos revelados se refieren a 2006 y 2007, y aunque la ley mexicana limita a cinco años la facultad de la autoridad fiscal para determinar el pago de impuestos omitidos, lo cierto es que cuando no se declaran los ingresos gravados por el impuesto, el plazo puede subir hasta 10 años.
“Independientemente de que si esas cuentas continuaron vigentes en años posteriores, el fisco también puede investigar el pago de impuestos sobre los rendimientos provenientes de las mismas”, agregó en un comunicado.
La Procuraduría estimó importante que se investiguen conforme a derecho estos casos y recordó que desde abril del año pasado ha exigido tolerancia cero a la impunidad de personas y sectores importantes.
Afirmó que sólo así podrá haber una defensa efectiva de quienes sí pagan sus impuestos, ya que la equidad y justicia tributarias sólo se alcanzan cuando todos pagan según su capacidad y se cierra el paso a la impunidad que produce la evasión y el fraude fiscal.
El ombudsman fiscal precisó que el Acuerdo Multilateral firmado por México a finales del año pasado prevé un amplio intercambio de información financiera con 50 países y entrará en vigor hasta 2017.
No obstante, subrayó, las autoridades competentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT), con la información que ahora es del conocimiento público, tienen elementos suficientes para establecer una relación entre los recursos enviados al extranjero y los datos declarados por esas personas para efectos fiscales en México.
Ello, a fin de concluir si las cantidades que salieron del país debieron pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) respectivo, si en ese caso tal impuesto fue efectiva y oportunamente pagado, así como verificar también cómo las personas físicas y morales que se encuentran en esos supuestos, obtuvieron tales recursos, añadió.
La Prodecon aclaró que no debe considerarse en automático que una persona, ya sea física o moral, que tenga una inversión en el extranjero, es un evasor fiscal.
Primero se tiene que investigar escrupulosamente y con un pleno respeto a los derechos de la persona auditada si existe simetría entre las cantidades depositadas en cuentas bancarias en el extranjero y los ingresos declarados –incluyendo exentos- en México, para entonces definir si existió algún incumplimiento de obligaciones fiscales, acotó.