Un tribunal federal ordenó al gobierno federal suspender la tala o desmonte de selva en el Tramo 5 Sur y Norte del Tren Maya, que comprende de Cancún a Tulum, en Quintana Roo, debido a que no cuentan con autorización para cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
El Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa con sede en Mérida, Yucatán, otorgó una suspensión provisional a Raúl Aldama Gavilán, integrante del colectivo #SelvameDelTren, quien impugnó que el juez primero de Distrito en la mencionada entidad, Adrián Zepeda Novelo, le negó la medida cautelar.
De acuerdo con el expediente del recurso de queja, Aldama Gavilán reclamó que los trabajos se están realizando sin que las autoridades responsables contaran con las autorizaciones correspondientes de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
En su impugnación destacó que “el hecho de que las responsables ya cuenten con la autorización de manifestación de impacto ambiental y, por tanto, sea viable la construcción del Tramo 5, no significa que sea un cheque en blanco, para que las responsables puedan hacer y deshacer, destruyendo todo a su paso”.
Mencionó que la misma autoridad ambiental otorgó la autorización en forma condicionada para que el gobierno federal cumpliera con una serie de medidas para llevar a cabo el proyecto, aunado a que también se señaló en la misma autorización que no eximía a la promovente de tramitar y obtener la autorización correspondiente para el cambio de uso del suelo en terrenos forestales ante la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Lo anterior, afirmó, le ocasiona agravio, porque con las documentales que exhibió además que demostró la ausencia de la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por parte de las autoridades responsables, se permite la consumación o continuación de delitos ambientales, en perjuicio del interés social, como el cortar, arrancar, derribar y talar árboles sin contar con la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
Con dos votos a favor y uno en contra, los magistrados declararon fundado el recurso de queja y concedieron la suspensión provisional.
“…de concederse la suspensión no se ocasiona perjuicio al interés social ni se contravienen disposiciones de orden público, por el contrario, es mayor el perjuicio que el solicitante de amparo resentiría a su derecho a un medio ambiente sano de negarse la medida suspensional.
“Por esas razones, se sostiene que de negarse la medida suspensional se ocasionarían daños de difícil reparación al quejoso, dado que es mayor el perjuicio que resentiría en su derecho a un medio ambiente sano, al permitirse la continuación de los trabajos de tala y desmonte de árboles sin contar con la autorización respectiva de cambio de uso de suelo en terrenos forestales”, puntualizó el Tribunal.
En los próximos días, el juez Primero celebrará una audiencia incidental en la que determinará si otorga la suspensión definitiva al quejoso.
(milenio.com)