En sesión extraordinaria, el Congreso del estado de Sinaloa aprobó la modificación de algunos artículos del Código Familiar, que permitirán el reconocimiento de identidad de género.
La persona que requiera el reconocimiento de identidad de género autopercibida podrá tramitar una nueva acta de nacimiento mediante juicio de conformidad con lo establecido en el código de procedimientos familiares de Sinaloa o mediante procedimiento administrativo ante el Registro Civil del estado de conformidad al presente código.
“Se entenderá como identidad de género la convicción personal interna, como cada persona se percibe así misma la cual puede corresponder o no al sexo asignado en el acta de nacimiento primigenia”, se precisó.
Para la nueva acta de reconocimiento de identidad de género se requiere:
Ser mexicano.
Ser mayor de 18, en caso de menores de edad tendrán que ir acompañados de quienes ejerzan patria potestad o tutela.
Comparecer ante registro civil conforme a su reglamento.
Los derechos y obligaciones contraídos con anterioridad al proceso administrativo para el reconocimiento de identidad de género y a la expedición de la nueva acta no se modificarán.
Tampoco se extinguen con la nueva identidad jurídica de la persona incluidos los derechos y obligaciones provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados.
Con 36 votos se llevó a cabo la aprobación de estas modificaciones que entrarán en vigor a los 60 días hábiles después de la publicación en el Diario Oficial de Sinaloa con ello se derogan las disposiciones que se opongan al decreto.
El dictamen propuesto de las iniciativas analizadas se basaron en el criterio de la igualdad y no discriminación, y buscan garantizar el derecho de identidad de personas mediante el reconocimiento legal de su identidad de género auto percibida.
(milenio.com)