Monterrey.- La Comisión Estatal Electoral (CEE) aprobó hoy los Lineamientos para la Liquidación de Partidos Políticos, los cuales indican el procedimiento a seguir tras la pérdida de registro en las pasadas elecciones de los partidos Demócrata y Cruzada Ciudadana en la entidad.
El órgano colegiado informó que dichas entidades, que obtuvieron su registro estatal como partido político el 9 de junio de 2008, no figurarán más en la estructura política local.
Detalló que ambos institutos políticos no obtuvieron el tres por ciento de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones para gobernador, diputados o ayuntamientos, celebradas el pasado 7 de junio de 2015 en el estado.
Indicó que para la liquidación de Demócrata y Cruzada Ciudadana, la CEE designará de inmediato un interventor responsable del control y vigilancia del uso y destino de los recursos y bienes del partido del que se trate.
La CEE nombró a Osvaldo Martínez Leal, Jefe de Fiscalización adscrito a la Dirección de Fiscalización, como interventor de los partidos locales Demócrata y Cruzada Ciudadana.
El interventor, explicó, tendrá las más amplias facultades para actos de administración y dominio sobre el conjunto de bienes y recursos de la entidad política respectiva.
Los gastos que el partido respectivo realice, deberán ser sólo las operaciones indispensables para su sostenimiento, previamente autorizadas por esta figura, dijo.
Respecto a los muebles e inmuebles y demás recursos que integren el patrimonio del partido, éstos no podrán enajenarse, gravarse o donarse, añadió.
El interventor, continuó, abrirá una cuenta bancaria a nombre del partido en cuestión, y el responsable de finanzas del partido, deberá trasladar a la brevedad a esta cuenta, la totalidad de los recursos disponibles del partido.
Asimismo, señaló que establecerá las obligaciones laborales, fiscales y con proveedores o acreedores, a cargo del partido; ordenará lo necesario para cubrir las obligaciones que la Ley determina en protección y beneficio de los trabajadores y empleados.
Las prerrogativas públicas correspondientes al ejercicio fiscal en que ocurra la declaratoria de pérdida de registro del partido, deberán ser entregadas por la CEE al interventor, a fin de que éste cuente con recursos suficientes para la liquidación ordenada.