>Calladamente, los partidos políticos pactaron en la reciente aprobación de la legislación secundaria en materia político-electoral la casi muerte de las candidaturas independientes, aprobadas en el texto constitucional, al establecer requisitos prácticamente inalcanzables.
La nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) aprobada por ambas Cámaras, restringe la posibilidad de las candidaturas independientes al exigirles requisitos más complicados que los necesarios para constituir un partido político.
Con la legislación aprobada, un eventual candidato independiente a la Presidencia de la República requiere recabar al menos, las firmas del 1% del listado nominal de electores, es decir, 750,000 rúbricas en cuatro meses.
En contraste, para obtener el registro como partido político nacional sólo basta afiliar al 0.26% del padrón electoral, lo que significa un total de 219,608 firmas.
Es decir, un candidato independiente a la Presidencia tendría que presentar las firmas de un padrón de electores similar al que tienen Aguascalientes y Colima.
Dicho de otra forma, los partidos políticos se garantizaron el monopolio de las candidaturas a puestos de elección popular, a pesar de que las candidaturas independientes son un derecho constitucional.
Pero seguimos discutiendo los “haberes de retiro” inexistentes para los magistrados electorales.
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>Por cierto, sobre ese tema, el PRI y el PRD presentarán hoy ante la Comisión Permanente del Congreso dos iniciativas: el tricolor para precisar que el “haber de retiro” solo deberá ser para garantizar el pago de los dos años que los magistrados no pueden ocupar cargos públicos y el PRD para desaparecerlo definitivamente.
La modificación que propone el PRI para la fracción XXXI, del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es la siguiente:
Artículo 209. …
I. a XXX. …
XXXI.- Determinar, en su caso, el haber de retiro de los Magistrados de la Sala Superior, exclusivamente por lo que hace a los dos años siguientes a la fecha de su retiro, en razón de lo previsto en el artículo 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Los Magistrados de la Sala Superior que con posterioridad a la conclusión de su encargo y dentro de los citados dos años ocupen un cargo público, no tendrán el derecho a que se refiere esta fracción”.
El PRD ni eso quiere.
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>El presidente Enrique Peña Nieto promulgó ayer reformas en Educación y Ciencia y Tecnología para poner al alcance de cualquier ciudadano las investigaciones científicas financiadas con recursos públicos.
Cabe destacar que esos cambios legales fueron impulsados desde el Senado por Ana Lilia Herrera, quien durante un año construyó con la comunidad científica y académica esta herramienta legal para beneficiar con contenidos de calidad a millones de usuarios de Internet.
Bien.