Entre enredos, propuestas contrarias y el interés de algunas consejerías por volver las reglas menos estrictas, el Consejo General del INE aprobó los lineamientos de fiscalización para la elección judicial federal y locales, que contempla prohibir la propaganda en la vía pública con bardas y espectaculares o ayudarse de partidos políticos, por lo que todas las campañas se limitarán a redes sociales.
Una de las prohibiciones principales que se deberá cumplir a nivel federal y en los estados con reforma judicial local, es que debido a que la reforma restringe el financiamiento público y privado, a diferencia de las campañas de cualquier elección, en ésta estará prohibido ver la propaganda de las y los candidatos en la vía pública.
“Se prohíbe la contratación y/o adquisición en territorio nacional o fuera de él, por sí o por interpósita persona, de tiempos de radio y televisión para la promoción de las personas candidatas a juzgadoras, así como de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, anuncios espectaculares y bardas en la vía pública, vallas, parabuses, entre otros”.
Las y los candidatos también tendrán restricciones en la difusión de encuestas o sondeos, que no podrán contratar por ellos mismos y en caso de que “los den a conocer antes de que se hayan difundido por un medio de comunicación a la ciudadanía, se considerará como gasto no reportado”.
Por lo que toda la promoción deberá ser en redes sociales y los foros informativos en los que participen, se deberá acreditar que no se utilice financiamiento público ni privado, en efectivo o en especie, por parte de las personas candidatas a juzgadoras, ni de instituciones o personas servidoras públicas que implique un beneficio directo a una o algunas de las personas candidatas a juzgadoras que participen.
El INE creará el Mecanismo Electrónico para la Fiscalización de Personas Candidatas a Juzgadoras y cada candidato y candidata tendrá la obligación de reportar en tiempo real sus gastos, y un informe único de gastos el 31 de mayo, en el que detallen sus ingresos y erogaciones por concepto de gastos personales, viáticos y traslados con toda la documentación que los acredite y con firma electrónica.
Flexibilizan cancelación de candidaturas: consecuencia máxima por relacionarse con partidos o usar recursos públicos
Uno de los puntos más polémicos, fue el artículo que prevé la consecuencia de cancelar candidaturas, para lo que la Comisión de Fiscalización había previsto tres supuestos: cuando no se presente el informe único de gastos antes de la elección, cuando reciban recursos públicos o privados y cuando asistan a eventos de partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes o de organizaciones que pretenden convertirse en partidos políticos.
Con el pleno dividido, se aprobó eliminar la consecuencia de no entregar el informe único pues el mismo reglamento indica que se debe entregar el 31 de mayo, lo que haría imposible la revisión y llevaría como consecuencia en esos casos la nulidad de la elección.
Y a propuesta del consejero Martín Faz, únicamente permaneció la cancelación de candidatura si se reciben recursos públicos o privados y se asiste a eventos partidistas, con la aclaración de que se tendrá que analizar la gravedad de cada caso para llegar a esa consecuencia extrema.
La consejera Carla Humphrey, presidenta de la Comisión de Fiscalización, lamentó que se flexibilice el que las personas candidatas pudieran no presentar su reporte de gastos, mientras otros, como el consejero Jorge Montaño consideraba que esta consecuencia “excedía las facultades del INE” aclarando en reiteradas ocasiones que “no es que yo busque que quede impune alguna infracción”.
Esto dijo la consejera del INE sobre las campañas de la elección judicial:
El debate dividió opiniones porque algunas consejerías sostenían que si el INE no participaba en la selección de las candidaturas, por lo tanto, tampoco podía imponer como consecuencia la cancelación de una de éstas, pero la mayoría coincidió en que la ley establece consecuencias graves que finalmente se deberán determinar basándose en esa gradualidad.
“No, no es lo mismo que le paguen un taxi de 75 pesos a un candidato, a que un candidato se coluda con funcionarios públicos para sustraer 15 millones de pesos del erario. No puede ser de manera tan llana y tan directa, sin graduación, sin proporcionalidad. No es lo miso ocultar 400 pesos de una comida que 400 mil de propaganda clandestina”, expuso el consejero Uuc-kib Espadas.
Otras votaciones divididas en las que la consejera presidenta Guadalupe Taddei y algunas consejerías afines a ella votaron en contra, fue exigir la presentación de un informe único de gastos, que los proveedores contratados tengan que ser los del registro del INE, que se les consideren como tope de gastos de campaña la contratación de personal de apoyo y el entrenamiento en medios.
La consejera Dania Ravel explicó que “las personas juzgadoras en general no son personas políticas profesionales y, por lo tanto, muy probablemente lo requieran para poder hacer frente, quizá a las entrevistas que se les comiencen a pedir, una vez que sean candidatas”, por lo que esa capacitación debe considerarse como un gasto.
A propuesta suya, se eliminó el planteamiento de que como máximo, se considerarían tres millones de pesos para el personal de apoyo, y se ajustó a que una vez que el INE y los OPLES definan el tope de gastos de campaña a más tardar 15 días antes del inicio de las campañas, de manera proporcional, el 20 por ciento de este monto será el permitido para personal de apoyo.
Los partidos tendrán prohibido participar y en caso de que algún partido político u organización que busque constituirse como partido político promocione a alguna candidatura, eso también sería consecuencia incluso de la pérdida de la candidatura, pero además, el gasto se le considerará como gasto de campaña, contabilizado en un 60 por ciento para la organización y 40 por ciento para la persona que compite en la elección judicial.
Todos estos lineamientos, restricciones y consecuencias aplicarán tanto para la elección federal como para las locales en los estados que avanzaron en su reforma judicial.
(milenio.com)