La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) informó que en 2014 recibieron dos mil 50 quejas, de las que se han atendido mil 654, del total, el 72 por ciento corresponden al sector público y 28 por ciento al sector privado.
De acuerdo al informe entregado al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la institución pública con mayores quejas es el IMSS, con 906, seguida del ISSSTE, con 112 casos.
Sin embargo, dicha Comisión rechazó entregar las versiones públicas de las inconformidades médicas presentadas de 2004 a 2014.
El INAI resolvió un recurso de revisión de una particular a quien el ente obligado le respondió que difundir la información contenida en los formatos solicitados podría afectar la privacidad de los datos personales de los titulares.
En el análisis del caso, la comisionada Areli Cano Guadiana indicó que la clasificación hecha por la Comisión referida, transgredió la Ley de la materia, ya que sus unidades administrativas pueden entregar documentos que contengan información clasificada como reservada o confidencial eliminando esas partes.
Expresó que la Conamed podía proporcionar versiones públicas de las quejas protegiendo los datos personales contenidos en éstas.
“Máxime cuando considera al arbitraje médico como una estrategia nacional para contribuir al mejoramiento de la práctica de la medicina, pues al solucionar los conflictos derivados de la prestación de los servicios de salud se combaten prácticas como la medicina defensiva.
“Es decir, cuando los médicos ordenan estudios o procedimientos que no buscan un diagnóstico oportuno, sino más bien la reducción del riesgo de verse involucrados en un procedimiento de queja”, subrayó.
Señaló que en el formato de inconformidades procedía la protección del nombre, domicilio, edad, teléfono, Clave Única de Registro de Población, (CURP), fecha de nacimiento, sexo, parentesco y firma del paciente afectado y su representante, ya que son datos personales confidenciales.
Por lo anterior, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la Conamed, y le instruyó a proporcionar las versiones públicas de la documentación solicitada protegiendo los datos personales confidenciales.
En el caso de que la queja haya sido resuelta con un laudo absolutorio deberá proteger el nombre del médico y de la institución médica privada.