El Tribunal Electoral federal confirmó la invalidez de la elección del municipio de San Miguel Tlacotepec, Oaxaca, porque no se permitió a las mujeres participar en condiciones de igualdad frente a los hombres para ocupar un cargo en dicho ayuntamiento.
El pleno de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Manuel González Oropeza, en el que se propuso confirmar la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa.
Dicha sala invalidó la elección y ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) disponer lo necesario para que se efectúen nuevas elecciones de concejales en las que se garantice la participación femenina.
En sesión pública, los magistrados establecieron que los comicios efectuados por usos y costumbres no deben contravenir el derecho constitucional de las mujeres a votar y ser votadas, ni deben discriminarlas por razón de género.
En el proyecto de sentencia se consideró que el “tequio” debe flexibilizarse, para que las mujeres tengan las posibilidades de buscar un cargo público, de manera que no sea condicionante para limitar su participación en la toma de decisiones de la comunidad.
El pleno solicitó al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) que realice la traducción de la sentencia para que ésta sea conocida por los integrantes de la comunidad.
En otro asunto, la Sala Superior confirmó la incompetencia del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para conocer de la denuncia interpuesta contra Salvador Jara Guerrero, gobernador interino de Michoacán, con motivo de su participación en un acto partidista.
Los integrantes del pleno manifestaron que es imposible determinar que con sus acciones, el mandatario estatal incidió en el proceso electoral federal, por tal motivo el asunto debe ser del conocimiento del Instituto Electoral de Michoacán.
Además, la Sala Superior confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Michoacán, que declaró infundada la queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) contra Silvano Aureoles Conejo y el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
Los panistas interpusieron la queja por la difusión de eventos que presuntamente constituyen promoción personalizada y actos anticipados de precampaña y campaña para la elección de gobernador en dicha entidad.
En otro caso, el pleno confirmó las sanciones que impuso el Consejo General del INE al Partido del Trabajo (PT), por las irregularidades detectadas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y egresos de los partidos del ejercicio 2013.
Durante la sesión pública, se resolvieron 16 medios de impugnación, de ellos nueve juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, dos juicios electorales y uno de revisión constitucional electoral, tres recursos de apelación y un recurso de reconsideración.