La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó resolver de manera prioritaria la controversia constitucional interpuesta contra el acuerdo del Ifetel, que emite las reglas de portabilidad numérica y modifica el plan de señalización.
El acuerdo de ese organismo regulador en materia de telecomunicaciones también establece las especificaciones para la implantación de portabilidad de números geográficos y no geográficos.
En sesión privada, el pleno de la SCJN avaló por unanimidad resolver la controversia constitucional 117/2014, en contra del acuerdo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2014.
La solicitud de atención prioritaria fue promovida por el Senado de la República y el Congreso de la Unión, al tomar en cuenta la trascendencia que tiene lo previsto en dicho acuerdo sobre la competencia económica y la libre concurrencia.
El pleno de la Corte solicitó al ministro instructor Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que entregue el proyecto relativo en la Secretaría General de Acuerdos, dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de la instrucción de dicho asunto, para su distribución inmediata.
De igual manera, el pleno de la Corte acordó que se integre en primer lugar de la lista oficial una vez que se reciba el referido proyecto en la propia Secretaría General.
La Corte señaló que según la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política, la substanciación y resolución prioritaria de una controversia constitucional no permite modificar los plazos previstos en ese ordenamiento.