La decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE de otorgar medidas cautelares para la suspensión del promocional pautado por el PRD denominado “Queremos ser tu voz”, no respondió a caprichos, sino que se apegó a criterios establecidos en materia de libertad de expresión.
La consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Beatriz Galindo, informó que la decisión adoptada por unanimidad por la Comisión que preside tomó en cuenta el contenido del promocional y se llegó a la conclusión de que hay presunción de que se incurría en “hechos calumniosos”.
Luego de que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) impugnó esta decisión ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Galindo Centeno consideró que ahora será la máxima instancia de justicia electoral la que resolverá este asunto.
La consejera recordó que las medidas cautelares toman en cuenta hechos que presumiblemente puedan ser motivo de violaciones a la norma electoral.
“Aquí nosotros no estamos definiendo que efectivamente son hechos calumniosos porque eso va a ser motivo de fondo y ahora le toca resolver a la Sala Superior”, acotó.
En este marco, precisó que los criterios que adoptó la Comisión en materia de libertad de expresión han sido adoptados por la Sala Superior, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es decir, “no es ni una resolución ni caprichosa ni falta de argumentos”.
Aceptó que si bien esta norma es interpretable, lo cierto es que la libertad de expresión tiene límites y son precisamente aquellos que establecen que no se puede afectar a terceros por hechos calumniosos.
Por ello, “no es una resolución caprichosa, tendenciosa, como la han tratado de presentar los partidos políticos, los propios denunciantes.
“Aquí la Comisión de Quejas y Denuncias ese asunto lo resolvió por unanimidad de sus integrantes ningún favoritismo ni tendencia hacia ninguno de los lados”, puntualizó.